Jueves 28.03.2024
Actualizado hace 10min.

Se renovó el cupo del dólar: Quiénes pueden comprar hasta US$200

El cepo cambiario que rige en Argentina impide legalmente a las personas adquirir libremente la divisa internacional.

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Como ocurre cada inicio de mes, en febrero se renueva el cupo para poder comprar hasta 200 dólares a precio del valor oficial más los impuestos correspondientes. Se trata de una normativa que se actualiza todos los meses y se debe al cepo cambiario que existe actualmente en Argentina.

El cepo restringe la compra de moneda extranjera para frenar la demanda de dólares y evitar la pérdida de reservas del Banco Central (BCRA). Se instauró primeramente en el segundo mandato de Cristina Kirchner en 2011. Se suspendió en 2015 con la llegada de Mauricio Macri y su gobierno luego volvió a instaurarlo en 2019, en medio de una crisis que aún perdura.

Este tipo de cambio que pueden adquirir oficialmente los usuarios se lo conoce como dólar ahorro o solidario. Su valor se compone del precio oficial del dólar y se adiciona un 30% correspondiente al impuesto PAIS y otro 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

Existen por lo menos 13 restricciones que impiden a los argentinos acceder a esta variante del dólar. Los últimos impedimentos para comprarlo aplican a quienes mantienen el subsidio tarifario para los servicios de luz, agua y gas, y a empresas que hayan liquidado dólar soja.

Es importante saber que quienes realizan pagos en dólares a través de tarjetas de débito, como por ejemplo pagar en una página extranjera o la cuenta de Netflix o demás servicios de streaming, el importe forma parte de los US$200 que se permiten comprar por persona.

Esto último significa que quienes realicen gastos de este tipo se les descontará del cupo mensual, por lo que podrán comprar una menor cantidad de dólares.

NO PUEDEN ACCEDER AL DÓLAR AHORRO

• Los que hayan adquirido dólar "Bolsa" o Contado con Liquidación en los 90 días anteriores.

• Los argentinos que operaron Cedears, obligaciones negociables o criptomonedas en los 90 días anteriores.

• Beneficiarios de un plan o programa de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), como la Asignación Universal por Hijo (AUH) o la Asignación Universal por Embarazo (AUE).

• Trabajadores en relación de dependencia que hayan recibido parte de su salario a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) o REPRO.

• Personas sin ingresos declarados o "consistentes".

• Cotitulares de cuentas bancarias.

• Quienes ya utilizaron la totalidad de su cupo (US$200 mensuales) a través de compras con tarjeta de crédito o débito.

• Quienes hayan refinanciado algún saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses.

• Monotributistas que hayan tramitado los créditos a tasa cero.

• Los titulares de créditos UVA que accedieron al congelamiento de las cuotas durante la pandemia.

• Dueños de pymes que hayan recibido créditos al 24%.

• Quienes tengan subsidios en las tarifas de luz, agua y gas.

• Empresas que liquidaron dólar soja.