Lunes 21.09.2026
Actualizado hace 10min.

Casación dejó firme la condena por trata de personas contra una familia que compró y sometió a una menor

El tribunal ratificó diez años de cárcel por el delito de trata de personas y explotación a un matrimonio y su hijo, desestimando los alegatos culturales.  

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La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme el fallo del Tribunal Oral Federal de San Juan que sentenció a 10 años de prisión efectiva a un matrimonio y a su hijo. La resolución judicial confirmó que los tres imputados incurrieron en graves delitos al comprar a una adolescente de 13 años y someterla a un régimen de servidumbre, violencia física y abusos.

El expediente acreditó que la menor fue captada a comienzos de 2022 en la provincia de Neuquén tras el pago de 825.000 pesos a sus progenitores bajo la figura de dote matrimonial. El enlace pactado se realizó con un primo de 20 años, obligando a la víctima a una convivencia forzada donde sufrió reiterados abusos sexuales, cursó dos embarazos y dio a luz a un bebé.

Posteriormente, los captores trasladaron a la víctima a la provincia de Santa Fe, manteniéndola privada de su autonomía hasta finales de 2024. Durante ese cautiverio, la adolescente era quemada con colillas de cigarrillos y forzada a ejercer la venta callejera sin recibir retribución, incluso cursando enfermedades o bajo rigores climáticos extremos.

Escape en Caucete y pruebas clave

El calvario concluyó cuando la joven intentó huir con su hijo en brazos en inmediaciones de una estación de servicio de Caucete. Un testigo presencial alertó al 911 y las cámaras de seguridad provinciales captaron el momento, facilitando que la Policía interceptara el vehículo y lograra el rescate.

El material probatorio contempló el testimonio de la menor en Cámara Gesell, peritajes socioambientales, llamados a emergencias y registros oficiales de Anses. Además de las penas de encierro carcelario, la sentencia impuso una indemnización económica de 75 millones de pesos a favor de la víctima para su reparación integral.

Rechazo al planteo tradicional

Los abogados defensores habían interpuesto un recurso de apelación argumentando que el vínculo respondía a costumbres culturales comunitarias de carácter consentido. Sin embargo, el juez de Casación Daniel Petrone descartó el planteo y subrayó que ninguna práctica tradicional puede vulnerar los derechos humanos básicos ni operar como justificativo de impunidad penal.

La fiscalía federal y los funcionarios especializados de la PROTEX valoraron la confirmación de la sentencia como un precedente determinante contra el matrimonio forzado infantil. Con este fallo de alzada, la condena quedó plenamente ratificada en los tribunales federales de la Nación.