Lunes 21.09.2026
Actualizado hace 10min.

La Justicia sobreseyó al conductor acusado de atropellar y matar a un delivery

Tras analizar las pruebas del caso, la Fiscalía descartó la responsabilidad del conductor y pidió su liberación de toda sospecha. El juez finalmente archivó el proceso, pese a la oposición de la familia de la víctima.

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Después de casi un año y medio de investigación, la Justicia desvinculó a Carlos Luciano Molina (27), quien había sido acusado inicialmente por la muerte del motociclista y delivery Rodolfo Fabián Lucero (52). El conductor de la Toyota Hilux estaba imputado por homicidio culposo, pero finalmente se determinó que no tuvo responsabilidad penal en el accidente y que la maniobra realizada por la víctima fue la causa determinante del choque.

El cierre definitivo del expediente quedó confirmado luego de que la UFI Delitos Especiales rechazara la impugnación presentada por la querella y ratificara el pedido de sobreseimiento impulsado meses atrás por el fiscal coordinador Iván Grassi. De esta manera, Molina quedó liberado de toda responsabilidad por el siniestro ocurrido durante la madrugada del 11 de noviembre de 2024, en la intersección de calles Nuche e Hipólito Irigoyen, en Capital.

Tras el hecho, el conductor permaneció detenido durante casi 72 horas y fue imputado por homicidio culposo agravado, bajo la sospecha inicial de que habría cruzado un semáforo en rojo. En la audiencia de formalización, la Fiscalía había señalado que los primeros testimonios apuntaban contra la camioneta como responsable del choque.

Incluso, algunos testigos habían declarado que Lucero inició el giro con luz verde y que la Hilux avanzó cuando tenía prohibido hacerlo. Esa hipótesis dio inicio a la Investigación Penal Preparatoria, mientras se aguardaban los resultados de las pericias accidentológicas.

Sin embargo, con el avance de la causa, la reconstrucción del hecho modificó el panorama inicial. En octubre de 2025, el fiscal Grassi solicitó el cierre de la investigación y el sobreseimiento definitivo de Molina al considerar que no existían pruebas suficientes para sostener una acusación penal.

Según el análisis de la Fiscalía, el motociclista realizó una maniobra antirreglamentaria al adelantar vehículos detenidos, girar hacia la izquierda antes de llegar a la esquina e invadir el carril contrario por donde circulaba la camioneta.

Para el Ministerio Público, esa conducta generó una situación de riesgo que interrumpió el vínculo causal del accidente. Además, se estableció que Molina dejó una huella de frenado de 18,7 metros, lo que demostraría que intentó evitar el impacto mediante una maniobra defensiva, aunque no logró detenerse a tiempo ante la aparición repentina de la motocicleta.

Otro punto clave fue que no pudo determinarse con certeza cuál de los dos vehículos tenía habilitado el paso del semáforo al momento del choque. Frente a esa falta de pruebas concluyentes, la Fiscalía aplicó el principio de in dubio pro reo y concluyó que no existían elementos suficientes para atribuirle una infracción al conductor de la camioneta.

La familia de Lucero cuestionó esa decisión y presentó una impugnación al sostener que Molina había cruzado en rojo y circulaba a una velocidad excesiva. Sin embargo, el 27 de febrero de 2026, el fiscal coordinador Roberto Ginsberg confirmó el criterio adoptado y rechazó los planteos de la querella.

En su resolución, Ginsberg señaló que las acusaciones sobre el supuesto cruce en rojo se basaban principalmente en apreciaciones subjetivas de algunos testigos y no contaban con respaldo técnico suficiente. Sobre la velocidad, las pericias determinaron que la Hilux circulaba entre 51 y 57 kilómetros por hora, aunque no se pudo establecer que ese factor haya sido determinante en la colisión.

La investigación concluyó que la única conducta acreditada técnicamente fue la realizada por Lucero, quien habría adelantado vehículos detenidos, cruzado una doble línea amarilla e iniciado un giro de manera anticipada. Además, la autopsia determinó que conducía con 1,17 gramos de alcohol por litro de sangre.

En contrapartida, Molina dio negativo en los controles de alcoholemia y drogas realizados luego del siniestro. Por ese motivo, la Fiscalía concluyó que el conductor no creó ni incrementó un riesgo jurídicamente reprochable y resolvió desvincularlo definitivamente de la causa.