La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió que Cristina Fernández de Kirchner no podrá votar en las elecciones legislativas de octubre. Con esta decisión, el tribunal dejó sin efecto el fallo del juzgado federal de Río Gallegos que la mantenía en el padrón electoral a pesar de la condena que enfrenta en la causa Vialidad. La resolución, firmada por los jueces Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Via, ordena la exclusión de la expresidenta de los registros electorales, en cumplimiento de la inhabilitación que forma parte de su condena. De este modo, se revierte lo dispuesto por la jueza federal subrogante Mariel Borruto, quien había declarado inconstitucionales artículos del Código Penal y del Código Electoral con el objetivo de preservar los derechos políticos de Fernández de Kirchner. La CNE argumentó que la privación del derecho al voto está contemplada en la inhabilitación perpetua que pesa sobre la exmandataria, y recordó que la normativa electoral excluye del padrón a toda persona condenada por delitos dolosos con pena de prisión, durante el período que dure la sentencia. El fallo del tribunal coincide con la postura del fiscal nacional electoral, Ramiro González, quien había sostenido que es el Congreso Nacional el organismo encargado de legislar sobre el alcance de los derechos políticos de exfuncionarios condenados. Asimismo, la Cámara señaló que si bien ha declarado inconstitucionales ciertas restricciones automáticas en otros casos, la aplicación de la inhabilitación puede justificarse cuando se trata de delitos contra la administración pública, como es el caso de la causa Vialidad. En su sentencia, publicada este lunes, el tribunal concluyó que el fallo de la jueza de Río Gallegos no se ajustaba a la jurisprudencia vigente, ya que fue dictado de oficio y sin respetar los criterios establecidos previamente por la Corte Suprema. El padrón electoral definitivo se publicará el martes 16 de septiembre, y por primera vez desde el regreso de la democracia no incluirá a Cristina Fernández de Kirchner.