Jueves 14.08.2025
Actualizado hace 10min.

La Justicia condena al EPRE a pagar $16 millones por retraso en reincorporar a una empleada

El caso de Norma Navarro de Eguía contra el EPRE suma un nuevo capítulo. La profesional había sido despedida en 1998 y, pese a un fallo que ordenaba su reinstalación, volvió a su puesto recién tres años después de lo dispuesto.

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La extensa batalla judicial que inició hace 27 años la abogada Norma Navarro de Eguía contra el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) sumó un nuevo capítulo. La Corte de Justicia de San Juan, por mayoría, resolvió a fines de julio –y trascendió la semana pasada– que el organismo deberá pagarle más de 16 millones de pesos por el retraso de poco más de tres años en cumplir la orden de reincorporarla a su puesto.

Navarro de Eguía fue cesanteada el 18 de mayo de 1998 por decisión del entonces presidente del EPRE, Jorge Rivera Prudencio, en lo que la Justicia calificó años más tarde como un despido arbitrario e ilegítimo. En 2018, el máximo tribunal provincial, siguiendo un fallo de la Corte Suprema de la Nación, dispuso su reincorporación en un plazo de 15 días hábiles. Sin embargo, el regreso no se concretó durante la gestión de Rivera Prudencio, sino recién el 19 de octubre de 2021, bajo una nueva conducción del ente.

Ante la demora, la profesional –representada por los abogados Federico Jesús Molinero y Federico Mariano Molinero– reclamó un resarcimiento por “daño por mora” desde noviembre de 2018 hasta su efectiva reincorporación. El planteo fue rechazado en primera instancia, pero la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil falló a su favor. El EPRE llevó el caso a la Corte, donde los ministros Juan José Victoria y el subrogante Juan Jesús Romero respaldaron la postura de la Cámara, mientras que la presidenta Adriana García Nieto votó en disidencia.

Victoria sostuvo que el fallo de los camaristas “no desbordó los términos” de la sentencia original, sino que fue una respuesta judicial a la pretensión económica de la actora ante la mora del EPRE en cumplir con su obligación. En cambio, García Nieto entendió que se trataba de un rubro “ajeno al objeto de la condena” original.

El expediente volverá ahora al Noveno Juzgado Civil para calcular el monto definitivo, que según una liquidación de diciembre de 2024 asciende a unos 16,7 millones de pesos entre capital e intereses.

El caso original giró en torno a si Navarro de Eguía gozaba de estabilidad laboral. La Corte Suprema de la Nación determinó que sí, por tratarse de un órgano estatal, y ordenó su reincorporación. Sin embargo, no le reconoció el pago de unos 250 sueldos caídos durante los 20 años que estuvo fuera del organismo, por no haberse incluido en la demanda inicial.