Este lunes, el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) anunció que congelará el componente provincial de las tarifas de electricidad durante el resto del año. Este ajuste tendrá vigencia hasta los consumos de enero de 2026, y los efectos de las próximas subas se verán reflejados recién en las facturas de marzo de 2025. El plan tarifario de este año comenzó con una reducción promedio del 4,43% en las tarifas correspondientes al primer semestre de 2025, medida establecida por la Resolución EPRE 1200/24 y aplicada desde diciembre de 2024 a los hogares que reciben la Tarifa Social. Nuevas Audiencias Públicas para los próximos 5 años El EPRE también informó sobre la preparación para los nuevos cuadros y regímenes tarifarios que se aplicarán entre 2026 y 2031. Durante el segundo semestre de 2025, se convocarán Audiencias Públicas para definir los futuros marcos tarifarios, con la participación activa de los ciudadanos. Entre los puntos a analizar estarán: Estructura de costos e impuestos que influirán en las tarifas. Proyecciones de crecimiento de la demanda de electricidad. Inversiones necesarias para asegurar la calidad del servicio. Regímenes de multas a las distribuidoras. Subsidios Energéticos por "Zona Fría" En paralelo con la renovación del “Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados” establecido por el Gobierno Nacional, el EPRE instruyó a las distribuidoras NATURGY San Juan S.A. y D.E.C.S.A. a mantener el “Consumo Base Subsidiado” para los hogares de la provincia durante el invierno de 2025. Esto significa que los subsidios para los hogares de la Zona Fría seguirán vigentes. Para el período invernal de 2025 (junio a agosto), se aplicarán los siguientes subsidios: Para hogares de Nivel 2 (Menores Ingresos) del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE): hasta 700 kWh por mes. Para hogares de Nivel 3 (Ingresos Medios): hasta 500 kWh por mes. Además, con recursos provinciales, se continuará con la Tarifa Social para los hogares beneficiarios, conforme a la Ley Provincial Nº 1884-A.