Sabado 20.09.2025
Actualizado hace 10min.

El Concejo de Caucete intimó a la intendenta Rosas por no pagarles a funcionarios del Juzgado de Faltas

Exigen el pago inmediato de los sueldos y el aguinaldo a dos miembros del Juzgado municipal.

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En medio de un conflicto institucional, el Concejo Deliberante de Caucete resolvió este lunes 17 de juliointimar a la intendenta Romina Rosas para que pague de inmediato los haberes adeudados al juez de Faltas Julio César Mas Mulet y a su secretaria Delfina Gabriela Gil. La decisión quedó formalizada en la resolución N.º 1071-CD-2025, en respuesta a una denuncia por presunta discriminación en el pago de salarios.

La acción fue impulsada legalmente por el abogado Oscar Gabriel Silva, representante de los funcionarios, quien denunció que no se les abonó el sueldo de junio ni la primera cuota del aguinaldo (SAC) 2025. En el escrito, calificaron el accionar de la jefa comunal como “antijurídico, ilegal y discriminatorio”.

Ambos trabajadores forman parte de la planta permanente del municipio bajo el régimen de "autoridades superiores", por lo que sus ingresos deberían ser abonados en condiciones similares al resto del personal permanente. Además, argumentaron que el municipio ya contaba con los fondos asignados para cumplir con esos pagos.

En declaraciones públicas a Tiempo de San Juan, la intendenta Rosas defendió su postura, asegurando que priorizó a los empleados con menores ingresos. “Si el juez de Faltas y la hermana del exintendente Julián Gil consideran que cobrar después representa una discriminación, deberían recordar que tienen cargos vitalicios y garantías que otros trabajadores no poseen”, afirmó. También cuestionó la demanda: “En tiempos difíciles es razonable priorizar a quienes dependen exclusivamente del salario para vivir”.

No obstante, el Concejo consideró que la medida de la intendenta podría violar el principio de igualdad ante la ley, establecido en el artículo 16 de la Constitución Nacional, y contradice normativas sobre administración financiera y responsabilidad fiscal, que obligan a priorizar el pago de sueldos por sobre cualquier otro gasto.

La resolución legislativa cita normas de la Constitución, la Ley 23.041, la Carta Orgánica Municipal y el artículo 248 del Código Penal, que contempla el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público.

El Artículo 1° de la medida ordena el pago inmediato de los haberes adeudados, mientras que el Artículo 2° dispone comunicar la resolución tanto al Ejecutivo municipal como al propio Juzgado de Faltas.

El documento lleva las firmas del presidente del Concejo, José Luis Giménez, y de las secretarias Rosa Marina Poblete (legislativa) y Marta Emma Rosales (administrativa).