Sabado 07.06.2025
Actualizado hace 10min.

San Juan declara la Emergencia Agropecuaria tras las tormentas: habrá reducción de impuestos y subsidios

El decreto provincial beneficia a quienes sufrieron pérdidas mayores al 50% por el granizo que azotó a más de 15 departamentos entre diciembre y febrero.

 
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Ante el impacto de las intensas tormentas con granizo que afectaron a la provincia entre diciembre de 2024 y febrero de 2025, el Gobierno de San Juan oficializó el Estado de Emergencia y Desastre Agropecuario. La medida, solicitada por entidades como la Asociación de Viñateros Independientes, busca aliviar la situación de cientos de productores que sufrieron daños severos.

Según informó el Ministerio de Producción, Trabajo e Innovación, se recibieron 277 denuncias formales de pérdidas por parte de productores de diversos departamentos. La medida quedó establecida a través del Decreto 0735, firmado el 30 de mayo de 2025, y regirá desde el 1 de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026.

El beneficio alcanza a quienes acrediten daños superiores al 50%, constatados por los organismos oficiales. Entre las zonas más afectadas se encuentran Angaco, 9 de Julio, Caucete, Chimbas, Sarmiento, Santa Lucía, Pocito, Rivadavia, Rawson, San Martín, Zonda, Iglesia, 25 de Mayo, Albardón, Ullum y Jáchal.

Desde la Asociación de Viñateros celebraron el decreto y señalaron: “Esperamos que Nación lo convalide rápidamente para acceder a los beneficios establecidos por la ley nacional”.

¿Qué beneficios establece el decreto?

A nivel provincial:

  • Exención total del pago de tributos provinciales y Canon de Riego para explotaciones con daños iguales o mayores al 80%.
  • Prórroga en el pago de tributos y canon para quienes hayan sufrido daños entre el 50% y el 80%.

A nivel nacional (una vez homologado):

  • Acceso a asistencia financiera no reembolsable (ANR).
  • Créditos con tasas bonificadas en un 25% y hasta 50%.
  • Unificación de deudas, suspensión de juicios y procedimientos de cobro.
  • Prórrogas impositivas para el pago de obligaciones tributarias.

La normativa se enmarca en lo previsto por la Ley Provincial N°368-A, la Ley Nacional N°26.509 y el Decreto Reglamentario N°1712/2009. Las autoridades insisten en que la adhesión nacional es clave para que los beneficios lleguen de manera efectiva y oportuna a los productores más perjudicados.