La Cámara Nacional en lo Civil confirmó que el ex presidente Alberto Fernández debe darle el 30 por ciento de su jubilación de privilegio como ex presidente de la Nación a su ex pareja y ex primera dama Fabiola Yañez como alimentos provisorios para la manutención de Francisco, el hijo menor de ambos. Fuentes judiciales informaron a Infobae que la Sala E de la Cámara rechazó un planteo de Alberto Fernández y confirmó el fallo de primera instancia que había sido dictado en septiembre pasado. El ex presidente cobra una jubilación de 17 millones de pesos, lo que implica que 5.100.000 corresponden a Yañez. La noticia se conoce pocas horas después que el ex presidente tuvo su indagatoria en la causa de la contratación de seguros durante su mandato. Los jueces de la Sala E de la Cámara, Marisa Sorini, Ricardo Li Rosi y José Fajre, señalaron que los alimentos son provisorios hasta tanta tanto haya una cuota fija por alimentos que acuerden las partes o que ordene la justicia. De hecho, Fernández y Yañez atraviesan una etapa de intentar conciliar y llegar a un acuerdo económico. “Los alimentos provisorios según el art. 544 del Código Civil y Comercial de la Nación están destinados a satisfacer las necesidades impostergables del alimentado durante el breve lapso que debe mediar hasta el dictado de la sentencia”, explicaron los magistrados en esa línea. Los jueces señalaron sobre la causa que por los elementos que se recopilaron el 30 por ciento de la jubilación de Alberto Fernández es “suficiente para atender a los requerimientos del aquí beneficiario y que no resulte perjudicado por las demoras que acontezcan con la tramitación de estos pleitos”. “La obligación de proveer alimentos implica satisfacer las necesidades según la norma en que se funda su reclamo y, sin perjuicio de lo expuesto, dada su naturaleza provisional, la fijación de un monto se debe realizar con un conocimiento apenas superficial y somero del marco fáctico. Una vez acreditado aquél permitirá, en el proceso pertinente y con un mayor debate, el establecimiento de la pensión definitiva. Por lo tanto, deberá cuantificarse de manera prudencial, al no encontrarse probados –en forma plena y acabada- los recursos del alimentante”, sostuvieron los magistrados en su resolución. La causa por alimentos surje tras la denuncia que Yañez presentó contra Fernández por violencia de genero en su contra. La mujer denunció en agosto pasado que Fernández le pegó dos veces y que durante toda la relación hubo maltrato psíquico, principalmente cuando fue presidente de la Nación. Por esa causa el ex presidente fue citado a indagatoria por el juez federal Julián Ercolini a pedido del fiscal federal Ramiro González quien tuvo a su cargo la investigación. La indagatoria está fijada para el próximo 11 de diciembre. “En un contexto de violencia de género signado por la particular relación asimétrica de poder entre Alberto Ángel Fernández y Fabiola Andrea Yáñez, por lo menos desde el año 2016 hasta el 6 de agosto del 2024 (fecha en la cual la víctima instó la acción penal en el presente expediente y se impuso la consecuente prohibición de contacto al nombrado), el imputado se habría aprovechado de la especial situación de vulnerabilidad preexistente al vínculo en la que se encontraba inmersa la nombrada, y ejercido con habitualidad y de modo continuo, violencia psicológica contra Yáñez, bajo las formas de acoso, hostigamientos, controles, indiferencia, insultos, culpabilización, destrato, retiro de la palabra, ninguneos y hostilidad”, es la acusación que Fernández deberá afrontar en su indagatoria. “Tras ser electo para ejercer el cargo de Presidente de la Nación, la violencia física habría continuado y escalado, más precisamente después de haber quedado aquella embarazada (hacia fines de julio-principios de agosto del 2021), en forma de agarrones del cuello, zamarreos, cachetazos a mano abierta y golpes que provocaron lesiones en el cuerpo de la nombrada, mientras convivieron en la Quinta de Olivos”, agregó el juez en su acusación.