Lunes 29.04.2024
Actualizado hace 10min.

El Gobierno presentó el per saltum para que la Corte intervenga en la causa de Chubut

A través de la Procuración del Tesoro, el Ejecutivo solicitó al máximo tribunal que inhiba al juez de Rawson que ordenó suspender el recorte de fondos a la provincia patagónica.

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El Gobierno pidió este jueves a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que intervenga por el conflicto originado con Chubut por la retención de fondos y que "inhiba" al juez federal Hugo Sastre, que falló a favor de la provincia patagónica que gobierna Ignacio Torres.

Así lo informó el vocero presidencial, Manuel Adorni, a través de una publicación en su cuenta de la red social X.

"La Procuración del Tesoro de la Nación presentó hoy la primera acción de su estrategia respecto de la causa de Chubut por el Fondo Compensador del Transporte. Se le pidió a la CSJN que inhiba al Juez de Rawson y que intervenga por ser el Tribunal competente para ello, por corresponder la competencia originaria y por la trascendencia institucional de la cuestión", explicó el funcionario.

Qué es un recurso de per saltum

El per saltum, que en latín significa "salto de instancia", es un recurso excepcional que implica que un expediente judicial se saltee las instancias intermedias, en este caso la Cámara de Apelaciones, para llegar directamente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La Ley 26.790 que se sancionó en noviembre de 2012, durante la presidencia de Cristina Kirchner, establece que el per saltum solo puede utilizarse "en aquellas causas de competencia federal en las que se acredite que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria".

La gravedad institucional existe cuando una causa "excede el interés de las partes, proyectándose sobre el general o público, de modo tal que por su trascendencia queden comprometidas las instituciones básicas del sistema republicano de gobierno o los principios y garantías consagrados por la Constitución nacional y los Tratados Internacionales por ella incorporados".

La Corte Suprema puede admitir el recurso o rechazarlo, en cuyo caso el expediente deberá seguir el procedimiento y las instancias intermedias que correspondan.