Lunes 29.04.2024
Actualizado hace 10min.

"Abogado del niño": tres hermanos optaron por esta nueva figura para defenderse de su padre

El hombre los abandonó cuando eran más chicos.

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Desde hace un tiempo la legislación argentina y los pactos internacionales firmados, permiten que la asistencia legal de los menores sea viabilizada por medio de la figura del “Abogado del niño”. En San Juan ya existen casos testigo, como el de un proceso que tramita el Primer Juzgado de Familia, en el que los menores ya eligieron su abogada.

Con la entrada en vigencia del Código Civil en el año 2015, se otorgó protagonismo sustancial a los menores, desde el derecho del menor a ser oído, teniendo la posibilidad de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que lo afecten, teniéndose en cuenta sus opiniones, en función de la edad y madurez del niño. De acuerdo a lo señalado el niño tiene oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo en que se vea afectado, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado.

De acuerdo a la norma, la figura del Abogado del Niño “quien deberá representar los intereses personales e individuales de los niños, niñas y adolescentes legalmente ante cualquier procedimiento judicial o administrativo que los afecte, sin perjuicio de la representación promiscua que ejerce el Asesor de Incapaces”. En el Código Civil y Comercial está marcada en su artículo 26.

Con la aprobación del Código Procesal de Familia por parte del Poder Judicial de San Juan, se sugiere de manera sutil en distintos artículos de ese cuerpo legal la figura del abogado del niño, como cuando se refiere a los procesos con personas en situación de vulnerabilidad, que son aquellas que por su edad, genero, orientación sexual etc,, se encuentren con dificultades para ejercer con plenitud sus derechos ante la justicia. También establece que en los procesos las personas con discapacidad, capacidad restringida y niños, niñas y adolescentes, tienen derecho a ser oídos en los procesos que los comprendan, siendo valorada su opinión según su grado de discernimiento y la cuestión debatida en el proceso.

EL CASO QUE SE TRAMITA EN SAN JUAN

En el Primer Juzgado de Familia, a cargo de Marianela Lopez, se dispuso que los menores implicados en la misma, se presentaran con representante legal en el proceso, independientemente de que sus progenitores estuvieran representados por abogado.

En este contexto el Juzgado dispuso que de acuerdo al principio de capacidad progresiva de los menores de edad, y con el fin de velar por su interés superior y de darles la posibilidad de ser oídos en este procedimiento judicial, manifestaran su opinión cuando así los solicitara, durante el trámite del proceso, y se los invito participar activamente en el juicio a través de un representante legal, eligiendo los menores para ser representados a la letrada Vanesa Débora Mestre, abogada que ha actuado en distintas causas con repercusión.

La causa está dirigida al pedido de pérdida de la responsabilidad parental para uno de los progenitores, el cúal abandonó a sus tres hijos siendo pequeños, hoy ya algunos son adolescentes y ante la reaparición del padre, los chicos comenzaron a sufrir temores y somatizar, a la vez de que no están dispuestos a restablecer el vínculo, dado que ni siquiera existió durante muchos años contacto telefónico, todo por decisión del progenitor que tomó la iniciativa de irse con una nueva pareja. Tampoco quieren llevar su apellido.

Los menores fueron criados por la madre, y con ayuda de su familia lograron salir adelante.