Jueves 28.03.2024
Actualizado hace 10min.

En San Juan ya se puede tramitar la Pensión por Covid19: Cuáles son los requisitos

Pueden recibir el beneficio familiares de quienes hayan fallecido antes del 31 de diciembre de 2020. Equivale a dos jubilaciones mínimas.

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A partir de la Ley 27.549, sancionada por el Congreso Nacional en junio de 2020, el Gobierno estableció la creación de una prestación previsional especial para los familiares de fallecidos por coronavirus, entre marzo y septiembre de 2020, la cual se paga a través de ANSES. El beneficio es vitalicio y compatible con otras prestaciones, con un valor equivalente a dos jubilaciones mínimas, el cual se actualizará de acuerdo a la Ley de Movilidad Jubilatoria.

Raúl Romero, de la UDAI Rawson de ANSES,  afirmó en Estación Claridad que ya se habilitó la entrega de turnos para comenzar con el trámite. Además, aclaró que el beneficio es para familiares de trabajadores esenciales que hayan muerto durante la pandemia. 

"Se debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: acta de defunción, estudios médicos, análisis de laboratorio y la historia clínica. Allí debe constar que tuvo coronavirus. Además, la pensión se cobrará desde el momento que se inicie la gestión, tras análisis de cuestiones médicas y legales, y no cuando finalice el trámite", dijo.

La medida fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional aplicable a los fallecidos por/con coronavirus hasta el 31 de diciembre de 2020.

Quiénes pueden acceder a Pensión Vitalicia para víctimas de Covid-19

El organismo que encabeza Fernanda Raverta confirmó que acreditará un monto equivalente a dos haberes mínimos el cual se actualizará según los aumentos previstos por la Ley de Movilidad Jubilatoria.

Pueden recibirla aquellos familiares de trabajadores esenciales fallecidos:

Paso a paso cómo iniciar el trámite

  • Para acceder a este beneficio adicional se debe iniciar la gestión ante la ANSES, quien oficia de mediador para el pago del haber.
  • Se puede iniciar en cualquier oficina de ANSES del país.
  • No es necesario tener la pensión contributiva previa otorgada, ya que es un trámite totalmente independiente de otras prestaciones y/o asignaciones.
  • No es necesario haber aportado al régimen nacional. Pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial, basta con que su tipo de labor haya sido esencial.
  • Se debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica.
  • Allí debe constar haber cursado Covid-19. La pensión se cobrará desde el momento que se inicie la gestión y no cuando finalice el trámite, lo que suele tomar varios meses.
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