Jueves 28.03.2024
Actualizado hace 10min.

Aislamiento total obligatorio: desde gobierno aclararon la situación en San Juan

La ministra de Salud de la provincia, brindó una conferencia de prensa acompañada del secretario de Seguridad, Carlos Munizaga y el Asesor Letrado, Carlos Lorenzo, respecto a la cuarentena obligatoria por el Covid-19.

COMPARTÍ ESTA NOTA

La ministra de Salud, Alejandra Venerando, el secretario de Seguridad, Carlos Munizaga y el Asesor Letrado, Carlos Lorenzo, dieron a conocer la situación actual en la provincia respecto al tema coronavirus.

¿Cómo justificar la salida de casa?

La regla es que no se puede circular. El desplazamiento será mínimo. En caso de trabajo, se acreditará con una autorización o credencial, autorizada por la autoridad máxima, ya sea pública o privada. En el caso del cuidado de personas con discapacidad, debe acreditarse con un certificado.

Alimentos y farmacias:

-Se aconseja que un solo miembro de la familia salga para buscar provisiones. Recomiendan que realicen las compras en los negocios más cercanos. Se tiene que acreditar la compra, con los productos o tickets

Cajeros Automáticos: El transporte de caudales está funcionando normalmente

¿Cómo funcionará el transporte urbano?

- Colectivos, taxis y remises, la Policía tendrá la capacidad de interrogar a los pasajeros para determinar si se encuentran dentro de las circulaciones exceptuadas.

-Servicio de colectivos: horario de inicio es de 5.25 hasta las 23 horas

En virtud del asilamiento social preventivo obligatorio dispuesto por el Presidente de la Nación, Alberto Fernández, el Gobierno de San Juan informa que del 20 al 31 de marzo las personas deberán permanecer en sus residencias y se prohíbe la libre circulación, para lo cual se dispone de controles estrictos en espacios públicos y rutas provinciales a cargo de las fuerzas de seguridad, constituidas en “Comando de Seguridad Unificado” a cargo del Comisario Mayor Néstor Álvarez.

El aislamiento solo permite desplazamientos mínimos e indispensables hacia supermercados, farmacias, ferreterías, veterinarias y comercios de proximidad.

Quedan exceptuadas aquellas personas cuyas funciones se desempeñen en:

  • Salud, Seguridad, Defensa, Migraciones, Bomberos, Autoridades Gubernamentales, Justicia (de acuerdo a lo dispuesto por el Poder Judicial) y Diplomáticos.
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
  • Comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  • Los servicios de comunicación audiovisual-gráficos.
  • Industrias de: alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavandería, obra pública, petróleo.
  • Recolección de residuos y servicios públicos básicos.
  • Transporte público urbano.
  • Transporte de carga.
  • Estaciones de servicios sólo para abastecimiento.
  • Cajeros automáticos.

Mirá todo lo que dijeron las autoridades: