Viernes 19.04.2024
Actualizado hace 10min.

El exfuncionario K, Martín Sabbatella, fue condenado a seis meses de prisión en suspenso

El juez federal Ariel Lijo lo culpó de abuso de autoridad en la aplicación de la Ley de Medios. Además, quedó inhabilitarlo para ejercer cargos públicos por un año.

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El juez federal Ariel Lijo condenó a seis meses de prisión en suspenso a Martín Sabbatella, extitular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) por abuso de autoridad en la aplicación de la Ley de Medios al Grupo Clarín.

El magistrado también lo inhabilitó para ejercer cargos públicos por un año, pero eso no se ejecutará hasta que el fallo no esté firme. Lo mismo ocurre con la pena de prisión. Sabbatella es el actual titular de la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR).

Durante el proceso se investigaron las conductas que el actual funcionario tuvo con el Grupo Clarín. El fiscal federal del caso, Eduardo Taiano, dio por probada la acusación y había solicitado que Sabbatella sea condenado a un año de prisión en suspenso y dos de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Antes de la lectura de la sentencia, el funcionario tuvo la posibilidad de pronunciar sus últimas palabras. "Este caso es todo un gran disparate, solo explicado en el gran problema que tenemos como democracia que es el daño que le hacen los grupos hegemónicos mediáticos y la complicidad de esos grupos con parte el poder judicial. El delito no existe", remarcó.

Por otra parte, el juez absolvió a los exfuncionarios del organismo Néstor Avalle, Lorena Di Filippo, Guillermo Pérez Vacchini, Eduardo Rinessi, Ignacio Saavedra, Claudio Schifer y Sergio Zurano.

Según la investigación que llevó adelante el fallecido juez Claudio Bonadio, los entonces funcionarios de la Afsca, encabezados por Sabbatella, le dieron un "trámite diferencial", con mayores exigencias, al expediente del Grupo Clarín por sobre los del resto de las empresas que en su momento debían adecuarse a la ley de medios.

En tiempo y forma, Clarín había presentado un plan de adecuación voluntario a la ley pero de forma unilateral fue rechazado por Sabbatella que determinó que solo a ese grupo la ley se le aplicaría de oficio y que la Afsca sería la que decidiese que medios debía vender y bajo qué condiciones.

Para Bonadio quedó probado que "abusando del cargo público que ocupaba como Presidente del Directorio del Afsca, Sabbatella ordenó y avaló el trámite diferencial y arbitrario" del expediente del Grupo Clarín. El juez comparó el trámite con otros similares de grupos como DirecTV, Prisa, Nemesio, Supercanal, Telecentro, Telefe e Indalo para determinar que existió "arbitrariedad".

FUENTE: TN