Domingo 12.05.2024
Actualizado hace 10min.

Se podrá embargar las cuentas sueldo para cobrar préstamos

El megadecreto publicado incluye varios cambios a la normativa financiera, como la celebración de contratos a distancia, eliminación de trabas cambiarias y nuevas formas de financiamiento UVA. También elimina la prohibición a embargar cuentas sueldo.

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Como parte del megadecreto de simplificación y desburocratización que se publicó ayer en el Boletín Oficial se incluyen varios cambios regulatorios para el sistema financiero. Entre ellos, se modificó un párrafo que impedía embargar cuentas sueldo.

Ahora, se podrá embargar la cuenta pero sólo cualquier excedente de dinero por encima de tres veces el salario promedio de su titular. Según el Banco Central (BCRA) esto elimina ambigüedades de la normativa previa y expone a los bancos menor riesgo crediticio, lo que debería resultar en mayor acceso al crédito, además de permitir ofrecer montos mayores y tasas menores para sus clientes.

El decreto ómnibus que se publicó ayer en el Boletín Oficial de "desburocratización y simplificación" incluye un capítulo, el XXII, dedicado a regulaciones financieras. Entre otras cosas, regula la posibilidad de hacer operaciones bancarias a distancia (desde cheques electrónicos a contrato de tarjetas sin pisar una sucursal bancaria), habilita a liberalizar el sector de casas de cambio, autoriza nuevas formas de financiamiento UVA y elimina topes de tasa para la garantía de depósitos bancarios (ver página 2 del suplemento).

Además de permitir embargar las cuentas sueldo establece un límite a partir del cual determinar las sumas.

"Se define la inembargabilidad del sueldo, estableciendo que no podrán embargarse de las cuentas sueldo el equivalente a tres veces el salario promedio recibido por el trabajador en los últimos seis meses. Así, se aumenta la calidad crediticia de alrededor de nueve millones de titulares de cuentas sueldo y, por lo tanto, se mejoran sus condiciones de acceso al crédito", explicó un comunicado del BCRA.

Según los considerandos del decreto publicado ayer, esta normativa confundía salario (que era inembargable hasta cierto monto) con cuenta sueldo. "Al establecer la inembargabilidad de manera objetiva sobre la cuenta y no sobre el salario, esta norma reduce la calidad crediticia de los ahorristas que únicamente poseen una cuenta sueldo y perjudica su acceso al crédito", dice el texto.

Fuente: El Cronista