Jueves 16.05.2024
Actualizado hace 10min.

Estipulan el plan de aumento jubilatorio

Si el Congreso aprueba como ley a la reforma previsional, Nación calculará los importes que traerá aparejado.

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Con las firmas del ministro de Trabajo, Jorge Triaca, y el jefe de Gabinete, Marcos Peña, el Gobierno nacional envío esta madrugada a la Cámara de Senadores el proyecto de reforma previsional consensuado con los gobernadores que cambiará la forma de aplicar los aumentos jubilatorios a partir del año que viene. Pero también consta de otros agregados, entre ellos, la extensión optativa de la edad jubilatoria a los 70 años y la fijación del 82% móvil a los beneficiarios de la jubilación mínima.

La propuesta girada al Congreso plantea importantes modificaciones al núcleo Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), siendo el eje de esta revisión el índice de movilidad de los haberes, en la que se incluye, parcialmente, algunos reparos de sectores de la oposición.

Tal como se había anticipado, los incrementos se aplicarán en base a la evolución de la inflación, en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto de Estadísticas y Censos (Indec), y serán trimestrales, a otorgarse en los meses de marzo, junio, y septiembre y diciembre de cada año.

Sin embargo, hay agregados novedosos. La fórmula incluye, además del porcentaje a otorgar vía IPC, una suba en relación al crecimiento de la actividad económica calculado a junio de cada año, por lo que se incorporará a los haberes a partir de ese mes. Este valor se otorgará "en relación al 5% de la variación porcentual real del PBI".

Según se indica en el proyecto, que ingresó hoy a las 00:51 al Senado, la actualización de los haberes no podrá ser a la baja en ningún caso. Es decir, cuando se produzca el caso hipotético de una caída de la inflación o del PBI, los haberes no disminuirán.

De aprobarse en el Congreso, la nueva fórmula comenzará a aplicarse a las jubilaciones partir del 1 de marzo de 2018. La primera suba se ejecutará tomando como base la evolución de los precios entre septiembre y junio de 2017. En junio de 2018, se fijará en torno a la variación entre diciembre y septiembre del año pasado. En septiembre de 2018, se ajustará en relación a la variación entre diciembre de 2017 y marzo del año que viene; y finalmente, en diciembre de 2018, se pagará en función a la inflación entre junio y marzo.

82% móvil y aumento optativo de edad jubilatoria

En el capítulo para fijar los aumentos jubilatorios mínimos, el Gobierno propone otorgar una Prestación Básica Universal (PBU) que consiste en el 82% móvil del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil.

Con esta medida, "se busca reforzar el principio de proporcionalidad premiando el esfuerzo de cotización realizado, sin perjuicio de tener presente el principio de solidaridad que debe regir para todos los institutos que forman parte de la seguridad social", destaca el texto.

En tercer lugar, el proyecto modifica la “facultad del empleador para intimar al trabajador a jubilarse“, fijando el derecho optativo de cada empleado a extender su edad jubilatoria hasta los 70 años.

“A partir de que el trabajador cumpla 70 años de edad y reúna los requisitos necesarios para acceder a la Prestación Básica Universal, el empleador podrá intimarlo a que inicie los trámites pertinentes“, se explica en la reforma previsional. Sin embargo, se aclara en el texto que el trabajador no pierde el derecho a solicitar su jubilación antes de cumplir de los 70 años.

Para justificar el aumento optativo de la edad jubilatoria, la Casa Rosada señala en el proyecto que existe “un importante sector de la población con una esperanza de vida superior a la de las generaciones precedentes y con ganas e intenciones de seguir trabajando más allá de la edad de jubilación”.

FUENTE: Infobae