Viernes 26.04.2024
Actualizado hace 10min.

El Gobierno fortalece controles sobre las obras sociales de los sindicatos

La resolución fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.

COMPARTÍ ESTA NOTA

La resolución fue publicada hoy en el Boletín Oficial, a través de la Superintendencia de Salud y dispone que el subsidio será distribuido por la AFIP , por lo que antes de realizar las transferencias de lo recaudado, las obras sociales deberán informar el total de afiliados del padrón de la población beneficiaria del Subsidio de Mitigación de Asimetrías (SUMA).

Según la Resolución 19-E/2018, para establecer el número de afiliados de cada obra social para calcular la distribución del subsidio, el área de Informática de la Superintendencia de Servicios de Salud remitirá el primer día hábil de cada mes a la AFIP el total de afiliados del padrón de la población beneficiaria y luego de efectuada la verificación del cumplimiento de los requisitos se determinará "en forma inequívoca, la base de cálculo para la distribución de los Subsidios".

El informe oficial dispone que se ha evidenciado variaciones en el sistema de distribución automática en lo relativo al SUMA y subsidio para mayores de 70 años (SUMA 70). Además, destaca que "en atención a que la ausencia de cotizaciones por parte de dicha población conforme imperativo legal, ha imposibilitado a esta Superintendencia la verificación de los beneficiarios adherentes voluntarios consignados en los padrones de los Agentes del Seguro de Salud".

El SUMA es un subsidio que tiene por objeto complementar la financiación de las Obras Sociales. LA AFIP interviene en el cálculo del subsidio y para la remisión de la información a transferir a cada obra social. El subsidio se financia con el 5% de lo recaudado en concepto de Aportes y Contribuciones con destino a las Obras Sociales y al Fondo Solidario de Redistribución.

 

 

 

Fuente: La Nación